Condiciones y requisitos para la prestación de ayudas a la defunción de colegiados a partir de la Junta de Gobierno de 08 de enero de 2021.
Condiciones:
● Se abonará una única ayuda o prestación a los beneficiarios por causa de fallecimiento de colegiada/o en la cuantía de 600 euros.
● Estar colegiada/o en el CODEPA y de Alta Ejerciente, Alta no Ejerciente Voluntaria o Alta no Ejerciente Jubilación (Sección de Jubilados) a la fecha de fallecimiento.
● Que el/la colegiado/ a fallecido/a se halle al corriente de en el pago de las cuotas y demás cargas colegiales, requisito imprescindible para la concesión de la ayuda.
● Se consideran beneficiarios/as del colegiado/ a fallecido, aquél o aquéllos/as expresamente designados por el colegiado mediante declaración presentada ante el CODEPA en modelo que se facilitará por el Colegio o en la página WEB.
● En defecto de beneficiarios designados por el fallecido/a, se considerarán como tales a estos efectos los herederos (voluntarios, forzosos, legales) según se acredite herencia testamentaria o declaración de herederos en defecto de aquella.
● Si se designan varios beneficiarios, se distribuirá en partes alícuotas.
Requisitos necesarios para obtener la prestación:
● Es absolutamente imprescindible estar colegiado en el Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias en la fecha de la solicitud.
● Para obtención de la prestación, la solicitud se presentará dentro de los 6 meses siguientes al hecho causante.
● En ausencia de beneficiario/a designado por el colegiado/a fallecido/a, la condición de herederos deberá acreditarse mediante la presentación del certificado de últimas voluntades y la correspondiente copia auténtica del testamento. En caso de no haber otorgado testamento, mediante la declaración de herederos, notarial o judicial.
● La concesión de la ayuda o prestación queda sometida al cumplimiento de todos los requisitos exigidos.
DECLARACIÓN DE BENEFICIARIOS
Se deberá cubrir y enviar a
codepa@codepa.es la Declaración de Beneficiarios que se encuentra disponible en las Oficinas y en la Web del CODEPA.
Podrá modificar la Declaración de Beneficiarios durante toda la relación con el CODEPA, cubriendo de nuevo el documento y hacerlo llegar a través de las vías mencionadas.