31 mar
PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE LA RENTA
Desde el 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025 es el plazo para realizar la declaración de la Renta 2024.
Las cuotas satisfechas a Colegios profesionales son deducibles con un límite de 500 euros anuales cuando la colegiación tiene carácter obligatorio para el desempeño del trabajo, como es el caso de la profesión enfermera.
Las cuotas colegiales se cumplimentan en la casilla 15 de la declaración.
En el ejercicio 2024, las cuotas colegiales anuales en este Colegio ascendieron a 192 euros (*)
(*) En caso de haberse colegiado a lo largo del año 2024, solicite un certificado de cuotas.
Video: como declarar cuotas colegiales en la declaración de la Renta:
Para realizar la declaración de la Renta no es obligatorio obtener un certificado de cuotas. Basta con consignar las cuotas en la casilla correspondiente.
En caso de necesitar un certificado de las cuotas colegiales, puede descargárselo automáticamente en la zona profesional de la web o envíe un correo electrónico al correo codepa@codepa.es
Video: como descargar un certificado de cuotas de la intranet. (ejemplo del ejercicio 2023)
La página web donde realizar la declaración es la siguiente: https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Renta.shtml donde se puede acceder a toda la información y gestiones para cumplimentar y presentar tu declaración de Renta correspondiente al ejercicio 2024.
AYUDAS ECONÓMICAS DEL CODEPA PARA LA DECLARACIÓN DE LA RENTA 2024
Ante la campaña de la declaración de la Renta del ejercicio 2024, el Colegio de Enfermería del Principado de Asturias ofrecerá ayudas económicas a los colegiados que las soliciten.
BASES PARA LA CONCESIÓN
POR PARTE DEL CODEPA DE AYUDAS ECONÓMICAS A LA REALIZACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE
LA RENTA.
Primera. Objeto y finalidad.
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de ayudas económicas directas para financiar los posibles desembolsos como consecuencia de realizar la declaración de la Renta a través de profesionales que hayan facturado tal trabajo a colegiadas y colegiados del CODEPA.
Segunda. Financiación.
El crédito disponible para la financiación de estas ayudas se establecerá en la partida presupuestaria correspondiente de los presupuestos anuales del CODEPA. La financiación referida no podrá superar dicha partida en el ejercicio de que se trate.
Tercera. Cuantía y abono de la subvención.
Cada colegiada o colegiado podrá recibir una ayuda máxima de 30€ y nunca será superior al coste de la consultoría.
En caso de que, por número de solicitudes, se sobrepasase el presupuesto establecido, se prorratearán las ayudas entre los solicitantes no concediendo ayudas una vez superado el crédito aprobado para tal fin.
La cuantía económica concedida, que se efectuará en un pago único, será ingresada a través de transferencia bancaria en la cuenta bancaria donde la colegiada o colegiado tenga domiciliada la cuota colegial.
Cuarta. Requisitos para la concesión de ayudas.
Estar colegiada o colegiado, al corriente de pago sus cuotas y llevar al menos 6 meses ininterrumpidos de alta antes del inicio de la campaña de la Renta del ejercicio. En el caso de traslado desde otro Colegio, se exigirá la misma antigüedad.
Pueden solicitarse estas ayudas tras haber realizado en cualquier gestoría la declaración de la Renta del ejercicio o la declaración complementaria de ejercicios anteriores.
Cada colegiada o colegiado sólo podrá obtener este tipo de ayudas una vez al año.
Quinta. Plazo de presentación de las solicitudes.
El periodo de presentación de solicitudes coincidirá con el que cada año se disponga para la presentación de la Declaración de la Renta del ejercicio anterior. (Del 2 de abril de 2025 al 30 de junio de 2025)
La concesión de las ayudas se llevará a cabo siempre que se cumplan las condiciones para la concesión y se presenten en el plazo establecido.
El abono de la ayuda se efectuará antes del 1 de agosto de cada año. La resolución de la concesión de las ayudas se comunicará a las personas interesadas vía correo electrónico y/o telefónica.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de estas bases.
Sexta. Documentación a presentar:
Se presentará la siguiente documentación de a través de la intranet, correo electrónico codepa@codepa.es o de forma presencial.
b) Justificante de presentación de la declaración de la Renta.
C) Justificante de pago de los gastos (factura) a nombre del colegiado/a.
Séptima. Recursos.
La decisión de la concesión o denegación de la ayuda, al tratarse de un acto administrativo del CODEPA, será susceptible de recurso de conformidad con lo previsto en el artículo 85 de los Estatutos.
PARA MÁS INFORMACIÓN Y SOLICITUD DE AYUDAS ACCEDA A SU INTRANET: SOLICITUDES>PRESTACIONES>PRESTACIÓN AYUDA RENTA 2024