REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
ACUERDO DEL PLENO DE LA JUNTA DE GOBIERNO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DEONTOLÓGICA DEL COLEGIO OFICIAL DE ENFERMERÍA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y SE APRUEBA SU REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La necesidad de las comisiones deontológicas justifica la propia existencia de los colegios de profesionales ante la sociedad. No sería fácil justificarla sin la exigencia ética que representa el Código Deontológico.
El Código Deontológico de la Enfermería española indica que una de las responsabilidades prioritarias del Consejo General y de los Colegios es la ordenación, en su ámbito respectivo, de la actividad profesional de los colegiados, velando por la ética y dignidad profesional y por el respeto debido a los derechos y dignidad de los usuarios, así como favorecer y exigir el cumplimiento de los derechos deontológicos de la profesión. Por ello, recae en las comisiones deontológicas de los distintos Colegios desempeñar dicha vigilancia así como informar y procurar que las colegiadas y colegiados cumplan las normas deontológicas de la profesión.
En el artículo quinto de los Estatutos del Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias se determina que el Colegio podrá establecer los reglamentos de régimen interior que considere convenientes para el mejor cumplimiento de sus fines, previo acuerdo de la Junta General. La Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias tiene atribuidas, entre otras funciones, la de elaborar los Reglamentos de Régimen Interior que actúan dentro de su ámbito competencial. Uno de los fines esenciales del Colegio, y así aparece recogido en sus normas estatutarias, es el cumplimiento de las normas deontológicas, que tendrán carácter de obligado cumplimiento. Del mismo modo, es función de la Junta de Gobierno nombrar al Presidente y los Vocales que se estime conveniente de la Comisión Deontológica.
Dado que hasta la fecha no ha sido creada, la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias ha considerado oportuno poner en marcha una Comisión Deontológica que vele por la deontología profesional en nuestra Comunidad Autónoma en el ejercicio profesional de las enfermeras, en cualquiera de sus diferentes ámbitos profesionales.
Dada la importancia de la labor encomendada a dicha Comisión Deontológica, resulta necesario dotarla de una regulación tanto en lo relativo a su estructura interna, como respecto a los procedimientos a seguir para dar respuesta a las denuncias y/o quejas interpuestas y sujetas a su consideración.
Por tanto, con el objetivo de crear una Comisión Deontológica y dotarla de un régimen de funcionamiento que contribuya al mejor desempeño de sus funciones, y al amparo del artículo 23 de los estatutos, el Pleno de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias, en su sesión celebrada el día 19 de diciembre de 2020, previa votación y por unanimidad de sus miembros,
Primero . Crear la Comisión Deontológica del Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias.
Segundo . Aprobar el Reglamento de régimen interior de la Comisión Deontológica del Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias, que se inserta a continuación del presente acuerdo.
Tercero . Derogar y sustituir por el presente reglamento toda la normativa anterior del CODEPA existente en materia de comisiones deontológicas.
Cuarto . Notificar a todas las enfermeras colegiadas el presente acuerdo a través de la publicación y difusión en la página web y medios del Colegio
El presente acuerdo entrará en vigor en el mismo momento de su aprobación y se publicará en la página web del Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias.
Contra el presente Acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo General de Enfermería, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Oviedo, a 19 de diciembre de 2020
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DEONTOLÓGICA DEL COLEGIO OFICIAL DE ENFERMERÍA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto:
El presente Reglamento tiene por objeto la regulación de la organización y funcionamiento de la Comisión Deontológica del Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias (CODEPA).
Este Reglamento se dicta al amparo de lo previsto en el artículo sexto de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, y en aplicación de los artículos quinto y vigésimo tercero de los Estatutos del Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias.
Artículo 2 . Constitución:
La Comisión Deontológica del Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias....
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